El sector industrial y el mercado inmobiliario tienen una gran influencia en la economía panameña, y – efectivamente – durante la pandemia del COVID-19 se observó como el movimiento, fluctuación y éxito de estos son esenciales para el triunfo del país.
Promoviendo la reactivación económica de este, el 15 de octubre del 2020 se crea – dentro de la categoría de residente permanente, por razones económicas – la subcategoría de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado, establecido por el denominado Decreto Ejecutivo No. 722 del Ministerio de Seguridad Pública de la República de Panamá. Este decreto, a través de un permiso especial, tiene el fin de estimular y dinamizar la economía directamente mediante la atracción aquellos inversionistas de alto patrimonio interesados en el sector inmobiliario y la construcción. El mismo otorga residencia permanente en una sola etapa a aquellos extranjeros que inviertan un monto mínimo de $500,000.00 proveniente de fuente extranjera, a título personal o a través de una persona jurídica.
El ministerio de comercio e Industrias, a través de la dirección de promoción de las inversiones, certificará al Servicio Nacional de Migración que la inversión cumple con los parámetros exigidos y así dar trámite al permiso de Residencia Permanente en calidad de Inversionista Calificado.
Un inversionista podría solicitar el permiso de Residencia Permanente en calidad de Inversionista Calificado por una de las siguientes opciones:
*Razón de Inversión Inmobiliaria: Realiza una inversión libre de hipoteca de mínimo $500,000.00 y aporta la Certificación del Valor del Bien Inmueble emitida por la Autoridad Nacional de Titulación de Tierras. Razón de Inversión Inmobiliaria a través de un contrato de promesa compraventa: Realiza una inversión de $500,000.00 como mínimo mediante un depósito de fideicomiso manejado por un banco o empresa fiduciaria panameña y aporta una copia auténtica de los contratos de compraventa y de fideicomiso, ambos inscritos en el Registro Público de Panamá. Cabe destacar que durante los primeros 24 meses posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto Ejecutivo, la inversión por razones de inversión inmobiliaria, de forma directa o por medio de contratos de promesa de compraventa, podrá ser por la suma de $300,000.00 en la compra de un bien inmueble en Panamá, libre de gravámenes. Luego de los 24 meses, el valor aumenta a $500,000.00
*Razón de Inversiones Realizadas mediante una Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá: realiza una inversión mínima de $500,000.00 en títulos valores de emisores mediante la Bolsa de Valores de Panamá; los negocios de los emisores deben incidir en la República de Panamá. Adicionalmente se debe aportar las certificaciones emitidas por la Casa de Valores y por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá y una copia auténtica de la resolución que concede la licencia a esta.
*Razón de Inversión en Depósito a Plazo Fijo en el Sector Bancario: realiza una inversión libre de hipoteca de mínimo $750,000.00.
Según establece el decreto ejecutivo, la solicitud de Permiso de Residente Permanente en calidad de Inversionista Calificado deberá ser resuelta en un periodo no mayor a (30) días hábiles, contados a partir del momento de la recepción de la solicitud, a través de la ventanilla especial de trámite del Servicio Nacional de Migración. Todas las inversiones se deben mantener por un mínimo de 5 años; si la inversión cesa antes del cumplimiento de este término, oficialmente se cancela la residencia permanente.
Además, se permite que las solicitudes sean presentadas previo al ingreso al territorio nacional del solicitante y sus dependientes a través de apoderado especial.
Gracias a este nuevo decreto, para aquellos inversionistas extranjeros – con un monto mínimo de $500,000.00 de fondos extranjeros a un título personal y/o con la ayuda de una persona jurídica – obtener la residencia permanente en una sola etapa es ahora concebible. Este programa le permitirá a un Inversionista Calificado aplicar desde el exterior de forma expedita y esto permitirá que el mercado inmobiliario y de construcción de la República de Panamá se reactive con mayor rapidez, al ser impulsado por fondos provenientes de más partes del mundo.
Los datos de este documento están ajustados, resumidos y obtenidos de fuentes terceras, y el mismo no garantiza que el inversionista obtenga su residencia. No se debe utilizar como una fuente o documento legal.
Fuentes Principales: